PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
Fíjanse para quienes se constituyan en contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas a partir del 1° de julio de 2023 y que tuviesen cultivos en proceso a esa fecha los siguientes valores de los mismos:
Cultivo |
Valores por Há. |
Trigo |
13.270 |
Cebada |
5.982 |
Lino |
4.584 |
Caña de Azúcar (mantenimiento de cultivo) |
63.752 |
Caña de Azúcar (Implantación) |
93.389 |