Fecha de Publicación: 29/08/2024
Página: 227
Carilla: 227

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

7

   En los casos no contemplados en la presente resolución, el
   contribuyente estimará los valores respectivos, pudiendo ser
   impugnados por la Dirección General Impositiva.
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