Resolución 195/997
Dirección General Impositiva
Resolución 195/997
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado a los aviones "AIR TRACTOR AT 301" "AIR TRACTOR AT 301-A".
(1.574*R)
Montevideo, 27 de junio de 1997
Visto: Lo dispuesto por el literal E) numeral 1º y literal B) numeral 3º
del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y por el artículo
17 del Decreto Nº 39/990 de 31 de enero de 1990.
Considerando: I) Que en mérito a lo dispuesto por la norma reglamentaria,
la Dirección General Impositiva está facultada para establecer la nómina
de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado dadas sus
características de maquinaria agrícola y sus accesorios.
II) Que los aviones denominados "AIR TRACTOR AT-301" y "AIR TRACTOR
AT-301-A" son máquinas de uso exclusivamente agrícola, por lo que
corresponde su inclusión en la nómina de bienes exonerados contemplados
en la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979 de 30 de
noviembre de 1979.
Atento: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio
de Economía y Finanzas.
El Director General de Rentas
RESUELVE:
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado que establece la Resolución de la Dirección General Impositiva
Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979 a los aviones:
"AIR TRACTOR AT 301".
"AIR TRACTOR AT 301-A"