PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
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Reducción del IVA numeral 2 del artículo 21 del Decreto N° 236/025
de 10 de noviembre de 2025.- Obligación de informar a DGI.- Las
entidades emisoras de los instrumentos de pago y las cooperativas de
consumo, deberán informar las operaciones alcanzadas por la referida
reducción, conforme a lo establecido en los numerales siguientes.