PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
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Lo dispuesto en el tercer inciso del numeral 1° de la Resolución N°
3012/2015 de 30 de julio de 2015, no será de aplicación para los
contribuyentes del IVA cuyas ventas superen las 305.000 UI
(trescientas cinco mil unidades indexadas) en los ejercicios
económicos cuyo cierre se produzca durante el año 2024.