Fecha de Publicación: 01/12/2023
Página: 139
Carilla: 139

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

3

   Lo dispuesto en el tercer inciso del numeral 1° de la Resolución N°
   3012/2015 de 30 de julio de 2015, no será de aplicación para los
   contribuyentes del IVA cuyas ventas superen las 305.000 UI
   (trescientas cinco mil unidades indexadas) en los ejercicios
   económicos cuyo cierre se produzca durante el año 2024.
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