Resolución 487/998
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Resolución 487/998
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado
a los "Equipos de control y/o monitoreo de laboreo de suelo, siembra,
cosecha, fertilización o pulverización".
(2.797*R)
Montevideo, 1 de Diciembre de 1998
VISTO: Lo dispuesto por el literal E) del numeral 1 y literal B) del
numeral 3 del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y por el
artículo 38 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998;
CONSIDERANDO: I) Que en mérito a lo dispuesto por la norma reglamentaria,
la Dirección General Impositiva está facultada para establecer la nómina
de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado dadas sus
características de maquinaria agrícola y sus accesorios;
II) Que los bienes denominados "Equipos de Control y/o monitores de
laboreo de suelo, siembra, cosecha, fertilización o pulverización" son de
uso exclusivamente agrícola, por lo que corresponde su inclusión en la
nómina de bienes exonerados contemplados en la Resolución de la Dirección
General Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979;
ATENTO: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio
de Economía y Finanzas;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado que establece la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº
305/979 de 30 de noviembre de 1979 a los "Equipos de control y/o monitoreo
de laboreo de suelo, siembra, cosecha, fertilización o pulverización".