Resolución 49/997
Dirección General Impositiva
Resolución 49/997
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado a los "aplicadores para dispositivos intravaginales reguladores de celo".
(784*R)
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo, 19 de marzo de 1997
Visto: Lo dispuesto por el literal E) numeral 1º y literal B) numeral
3º del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 y por el
artículo 17 del Decreto Nº 39/990 de 31 de enero de 1990;
Considerando: I) Que en mérito a lo dispuesto por la norma reglamentaria, la Dirección General Impositiva está facultada para establecer la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor Agregado dadas sus características;
II) Que los bienes denominados "aplicadores para dispositivos intravaginales reguladores del celo" son de uso exclusivamente
agropecuario, por lo que corresponde su inclusión en la nómina de bienes
exonerados contemplados en la Resolución de la Dirección General
Impositiva Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979;
Atento: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del
Ministerio de Economía y Finanzas;
El Director General de Rentas
RESUELVE:
Inclúyese en la nómina de bienes exonerados del Impuesto al Valor
Agregado que establece la Resolución de la Dirección General Impositiva
Nº 305/979 de 30 de noviembre de 1979 a los "aplicadores para
dispositivos intravaginales reguladores del celo".