Resolución 92/003
Dirección General Impositiva
Resolución 92/003
Inclúyese a los bienes que se determinan, en la nómina de bienes
exonerados del IVA que establece el numeral 1º de la Resolución 305/979.
(610*R)
Montevideo, 13 de febrero de 2003
VISTO: La solicitud de incluir determinados bienes en la nómina que
establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General
Impositiva No 305/979 de 30 de noviembre de 1979;
RESULTANDO: I) Que el literal E) del numeral 1º y el literal B) del
numeral 3º del artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado 1996 exoneran
las enajenaciones e importaciones de máquinas agrícolas y sus accesorios,
cuando sean otorgadas por el Poder Ejecutivo;
II) Que el artículo 38 del Decreto No 220/998 de 12 de agosto de 1998
establece que la referida exoneración comprenderá los bienes que
determine la Dirección General Impositiva;
CONSIDERANDO: Que según informe de los servicios técnicos de esta
Dirección, los "Equipos de medición de aceite de granos de oleaginosos
mediante resonancia magnética, que constan de Minispec MQ-10 Mhz,
analizador RMN con la Unidad de Control mq-CU10, con imán mq-MU10, sonda
y accesorios mq-PA102, con sistema de adquisición y procesamiento de
datos" constituyen bienes a incluir en la nómina a que refiere la norma
del Visto;
ATENTO: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio
de Economía y Finanzas,
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Se incluye en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el
numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva No 305/979
de 30 de noviembre de 1979 al siguiente: "Equipos de medición de aceite
de granos de oleaginosos mediante resonancia magnética, que constan de
Minispec MQ-10 Mhz, analizador RMN con la Unidad de Control mq-CU10, con
imán mq-MU10, sonda y accesorios mq-PA102, con sistema de adquisición y
procesamiento de datos".