INCLUSION DE PERVINCOR S.A. EN LA NOMINA DE ESTACIONES COMPRENDIDAS PARA LA REDUCCION DEL IMESI A ENAJENACIONES DE NAFTA EN PROXIMIDADES DE PASOS DE FRONTERA




Promulgación: 02/07/2026
Publicación: 03/07/2026
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 68/026 de 27 de marzo de 2026 y la Resolución N° 903/2026 de 17 de abril de 2026.

   RESULTANDO: I) que la norma reglamentaria citada establece una extensión del régimen de reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas que realizan las estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 kilómetros de determinados pasos de frontera, a las estaciones ubicadas a una distancia mayor a la referida y hasta 60 km de los citados pasos de frontera;

   II) que la resolución mencionada dispone la nómina de estaciones que verifican las condiciones previstas y se encuentran habilitadas a efectuar las enajenaciones de acuerdo a la norma citada.

   CONSIDERANDO: adecuado incorporar a la sucursal de Pervincor Sociedad Anónima, situada en la localidad de Parada Medina, en el Departamento de Rivera. 

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Incorpórese en la nómina establecida en la Resolución N° 903/2026 de
   17 de abril de 2026, a la sucursal de Pervincor Sociedad Anónima (RUT
   212686400018) con domicilio fiscal en Ruta 5 km 478,5, en la localidad
   de Parada Medina, Departamento de Rivera.

2

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página Web.
   Cumplido, archívese.

   Director General de Rentas, Gustavo González Amilivia.
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