El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
5
Responsables. - Los contribuyentes que hayan ejercido alguna de
las opciones previstas en los artículos 24 o 24bis del Título 7 del
Texto Ordenado 2023, deberán acreditar al responsable la presentación
de la declaración jurada correspondiente ante la DGI.
En todos los casos, los responsables deberán verificar en la página
web de la DGI la vigencia de la opción, en forma previa al pago,
acreditación o imputación de las rentas comprendidas en el numeral 2
del artículo 6° del referido Título. (*)