REGIMEN DE IMPATRIADOS: OPCION PARA NUEVOS RESIDENTES FISCALES




Promulgación: 16/09/2026
Publicación: 17/09/2026
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

5-BIS

   Pago de monto fijo. - Si el contribuyente abonara la
   totalidad del monto fijo correspondiente a que refiere el apartado ii.
   del inciso quinto del artículo 24bis del Título 7 del Texto Ordenado
   2023, en el mes de enero de cada ejercicio en que ejerciera la opción
   allí establecida, no efectuará los pagos a cuenta semestrales
   previstos en los numerales 21) y 22) de la Resolución N° 1517/2026, de
   29 de junio de 2026, correspondientes a ese ejercicio. En el mismo
   sentido, si acreditara fehacientemente ante el o los responsables
   dicho pago, estos no practicarán las retenciones correspondientes a
   ese ejercicio. En este caso, los responsables deberán verificar en la
   página web de la DGI la vigencia de la opción, en forma previa al
   pago, acreditación o imputación de las rentas comprendidas en el
   numeral 2 del artículo 6° del referido Título.

   El pago a que refiere el inciso anterior se realizará tomando la
   cotización de la Unidad Indexada vigente al 31 de diciembre del año
   anterior. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Resolución DGI Nº 2.294/026 de 08/10/2026 numeral 6.
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