MODIFICACION DE LAS CONDICIONES PARA LA REGULACION DEL REGIMEN DE DOCUMENTACION MEDIANTE COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS




Promulgación: 17/11/2023
Publicación: 20/11/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

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   Sustitúyese el décimo segundo inciso del numeral 3°) de la
   Resolución N° 798/2012 de 8 de mayo de 2012, por el siguiente:

   "Los emisores electrónicos que realicen operaciones comprendidas en la
   Resolución N° 1643/2014 de 21 de mayo de 2014, dispondrán de 90 días
   desde la fecha en que empiecen a operar en esa modalidad, para
   solicitar incluir en el régimen de CFE, los comprobantes referidos en
   el numeral 4° de dicha resolución. A partir del 1° de mayo de 2024,
   quienes realicen las operaciones mencionadas, deberán certificar los
   comprobantes correspondientes, de forma previa a efectuar dichas
   operaciones."
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