Sección: Ultimo Momento
VISTO: el Decreto N° 395/2023 de 14 de diciembre de 2023, y la Resolución N° 1213/2008 de 5 de agosto de 2008. RESULTANDO: que el mencionado decreto introdujo modificaciones en las disposiciones del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS). CONSIDERANDO: necesario ajustar la referida resolución. ATENTO: a lo expuesto, EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA EN EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL RESUELVE:
Sustitúyese el tercer inciso del numeral 8) de la Resolución N° 1213/2008 de 5 de agosto de 2008, por los siguientes: "A partir del 1° de enero de 2024, el responsable deberá aplicar a los ingresos la siguiente escala anual, mensualizada:
Ingresos anuales computables |
Tasa |
Hasta 72 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) |
8% |
Más de 72 y hasta 492 BPC |
24% |
Más de 492 BPC |
30% |
Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.
DANIEL E. LAFFITTEAyuda