IRPF: SUSPENSION DEL PAGO DE RETENCIONES Y ANTICIPOS CORRESPONDIENTES A LOS RENDIMIENTOS DEL EXTERIOR A QUE REFIERE EL NUMERAL 2 DEL ARTICULO 6 DEL TITULO 7 DEL TEXTO ORDENADO 2023, DEVENGADOS EN EL MES DE ENERO DE 2026




Promulgación: 04/02/2026
Publicación: 05/02/2026
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: Los artículos 653 y siguientes de la Ley N° 20.446 de 16 de diciembre de 2025, el Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, y la Resolución N° 662/007, de 29 de junio de 2007.

   RESULTANDO: I) Que la referida Ley introduce modificaciones en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en lo relativo a las rentas provenientes de entidades no residentes, con vigencia 1 de enero de 2026.
   II) Que algunos de los referidos rendimientos podrían quedar comprendidos en las normas reglamentarias en lo que a responsables y anticipos refiere.

   CONSIDERANDO: Necesario suspender, por razones de buena administración, el pago de retenciones y anticipos correspondientes a los referidos rendimientos, devengados en el mes de enero de 2026, dado que la reglamentación de la Ley del Visto se encuentra en proceso de ser emitida.

   ATENTO: A lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio de Economía y Finanzas.

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

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   Suspéndase el pago de las retenciones y los anticipos correspondientes a los rendimientos del exterior a que refiere el numeral 2. del artículo 6 del Título 7 del Texto Ordenado 2023, devengados en el mes de enero de 2026.

   Gustavo González Amilivia
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