PRORROGA A PRODUCTORES AGROPECUARIOS, LA CESION A DETERMINADOS PROVEEDORES DE CERTIFICADOS DE CREDITO EMITIDOS PARA LA CANCELACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PROPIAS




Promulgación: 31/03/2023
Publicación: 10/04/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los Decretos N° 373/022 de 16 de noviembre de 2022 y N° 110/023 de 28 de marzo de 2023, y la Resolución N° 2133/2022 de 24 de noviembre de 2022.

   RESULTANDO: I) que la primera norma citada estableció que la Dirección General Impositiva podrá autorizar la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados sujetos pasivos, en tanto el crédito se hubiera generado hasta el 30 de junio de 2022 inclusive, y la referida cesión se realizara hasta el 28 de febrero de 2023;

   II) que el segundo decreto mencionado amplió el plazo para hacer uso de la cesión de crédito autorizada hasta el 31 de agosto de 2023.

   CONSIDERANDO: necesario ajustar el plazo establecido en la resolución referida para tramitar la cesión de los certificados de crédito.

   ATENTO: a lo expuesto;

        EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
                   EN EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
                                RESUELVE:

1

   (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución DGI Nº 2.133/022 de 
24/11/2022 numeral 2.

2

   Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
   Cumplido, archívese.

   DANIEL E. LAFFITTE
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