Aprobado/a por: Resolución Nº 346/024 de 25/06/2024.
   Artículo 5.- La reglamentación que se aprueba por el numeral 4°, sustituye en su totalidad a la ENMIENDA 8, Segunda Edición, Diciembre 2022, LAR 119. 

(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 511/023 de 11/09/2023 
artículo 4.
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