Aprobado/a por: Resolución Nº 654/014 de 13/11/2014 numeral 1.
              
            
Título del Proyecto:
"URU/14/005 Fortalecimiento de la Secretaría de Derechos
          Humanos de la Presidencia de la República"
Award Id: 00083854 Project Id: 00092131
Efecto esperado del UNDAF¹
4.1 El Estado, con amplia participación de la sociedad civil, habrá avanzado en el diseño y la implementación, con enfoque de derechos humanos, en políticas e instrumentos para la promoción la protección integral de los derechos humanos, con énfasis en los grupos más vulnerados.
Efecto esperado del Programa de País
El Estado, con la participación de la sociedad civil, habrá avanzado en la puesta en práctica del proceso de reforma del Estado y descentralización política que contribuya a la promoción y protección de los derechos humanos y al ejercicio pleno de derechos por parte de la ciudadanía.
Producto del Programa de País
4.1 Capacidades fortalecidas en el Parlamento y el Poder Ejecutivo para la formulación e implementación de políticas de promoción de los derechos humanos y puesta en marcha de la INDDHH. Insumos técnicos brindados a los parlamentarios para el mejor cumplimiento de sus funciones de legislación, representación y control y fortalecimiento del asesoramiento parlamentario.
Producto del UNDAP
4.1.2 Capacidades fortalecidas en el Poder Ejecutivo e instituciones públicas para la incorporación del enfoque de DDHH y su aplicación en las políticas públicas.
Asociado en la Implementación
Secretaría de Presidencia de la República, a través de la Secretaría de Derechos Humanos
Breve descripción:
El presente proyecto tiene como propósito contribuir a fortalecer las capacidades de Uruguay como país de recepción, acogida y reasentamiento de refugiados internacionales por razones humanitarias, en el marco de una política de población de apertura y promoción a la recepción de inmigrantes internacionales y a la plena realización de sus Derechos Humanos. El objetivo específico es apoyar a la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República a generar las condiciones para que hasta 120 ciudadanos de origen sirio que se encuentren localizados en Líbano como consecuencia de la crisis registrada en Siria, sean reasentados en Uruguay, garantizando su seguridad, dignidad y total respeto de los Derechos Humanos.
Período del Programa de País: 2011-2015 (UNDAF)
Área de Resultado Estratégico (Plan Estratégico): 3 Los países han fortalecido las instituciones para ofrecer progresivamente acceso universal a servicios básicos.
N° de Proyecto (Award Id): 00083854 N° de Output (Project ID): 00092131
Fecha de inicio: Octubre 2014
Fecha de término: Junio 2015
Fecha de PAC: 23 de setiembre de 2014
Acuerdos de Gestión: Implementación Nacional (NIM)
Presupuesto:
GMS:
Presupuesto total:
US$ 655.827
US$ 22.954
US$ 678.781
1 Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Aprobado por:
Secretaría de la Presidencia de la República
Fecha
Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional
Fecha
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Fecha
I. CONTEXTO 1. Análisis de la situación y problema a abordar El conflicto interno en Siria desatado en marzo de 2011 entre el Gobierno de Bashar al Assad y diversos grupos rebeldes que buscan derrocarlo ha cobrado ya más de 100.000 vidas (hasta julio de 2013, ACNUR), con más de 6.500.000 de desplazados internos y casi 2.500.000 refugiados (El coste humano de la guerra, ACNUR 2013). Dentro de esos números, niños y niñas representan más de dos millones dentro de Siria y más de medio millón en los campos de refugiados (UNICEF, 2013). Mapa tomado de Los niños y niñas de Siria: ¿Una generación perdida?, UNICEF, 2013 En una zona particularmente conflictiva, la situación no ha hecho más que agravarse en los últimos años lo que ha impactado en la dimensión global de la situación de los desplazados en el mundo. El conflicto ha tomado múltiples dimensiones y ha incorporado nuevos actores que han alargado el conflicto, sin claras perspectivas de salida. Esta situación, ha impuesto severos problemas a países vecinos de la República Árabe de Siria, quienes han acogido el creciente arribo de desplazados con grandes dificultades. La República Libanesa, representa el caso más paradigmático, acogiendo al mayor número de refugiados en relación a su población nacional (178 refugiados cada 1.000 habitantes), configurando la mayor carga relativa a la que se ha expuesto un país desde 1980. A su vez, representa el tercer país con mayor número de refugiados (856.500). La situación representa una crisis humanitaria de gran envergadura, en la que Naciones Unidas, a través de su Secretario General y sus agencias especializadas, instó a los pueblos a tomar parte y ayudar a las víctimas del conflicto. El Gobierno de Uruguay, en la figura de su presidente asumió un rol de liderazgo al abrir las puertas del país para un número determinado de familias de refugiados e incentivar a los países de la región a que repliquen la experiencia. La región de América, con 806.000 refugiados, acoge a un porcentaje reducido de los refugiados del mundo (7%), siendo los colombianos (397.300 personas) el grupo más numeroso. Actualmente, en Uruguay hay más de 200 refugiados y solicitantes de asilo provenientes de más de 30 países de América Latina, África, Asia y Europa. En los últimos años, la mayor cantidad de solicitudes han sido presentadas por ciudadanos de origen colombiano (ACNUR, 2013). Dado el contexto antes descripto y dadas las capacidades y experiencia existentes en el país, el Gobierno de Uruguay ha decidido ofrecer una cooperación inicial acotada a un grupo de aproximadamente 120 personas. Los criterios sugeridos para proceder a la selección de las mismas consisten en familias con un importante número de niños y presencia de al menos una persona con capacidad de inserción en el mercado de trabajo en cada grupo familiar. No se estableció ninguna limitación a la selección en base a condición de género, idioma, etnia-raza, religión, estado de salud u otros motivos. 2. Estrategia El objetivo general del proyecto es contribuir a fortalecer las capacidades de Uruguay como país de recepción, acogida y reasentamiento de refugiados internacionales por razones humanitarias, en el marco de una política de población de apertura y promoción a la recepción de inmigrantes internacionales y a la plena realización de sus Derechos Humanos. El objetivo específico es apoyar a la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República a generar las condiciones para que hasta 120 ciudadanos de origen sirio que se encuentren localizados en Líbano como consecuencia de la crisis registrada en Siria, sean reasentados en Uruguay, garantizando su seguridad, dignidad y total respeto de los Derechos Humanos. En ese marco, el Gobierno de Uruguay, con el apoyo de Naciones Unidas a través de distintas agencias (entre ellas ACNUR, OIM y PNUD) se propone apoyar la implementación del Decreto N° 204/014 (ver adjunto) firmado por el Presidente de la República junto a los Ministros correspondientes que establece, el 4 de setiembre de 2014, la creación de la Comisión Especial para la implementación y ejecución del proyecto de reasentamiento de los refugiados sirios. Para lograr dicho objetivo, el gobierno ha previsto cuatro etapas: 1. Etapa previa al traslado de las personas refugiadas, que transcurre mientras los refugiados se encuentran en territorio libanés. Estas acciones incluye entre otras cosas la obtención de documentación que permita a las personas refugiadas viajar a Uruguay. En esta etapa se cuenta con el apoyo de OIM y ACNUR para preseleccionar, brindar movilidad y alojamiento en el proceso de entrevistas a las familias candidatas y, en términos más generales, brindar asesoría técnica en todo el proceso. 2. Traslado de las personas desde el Líbano a Uruguay en condiciones de seguridad. Para el cumplimiento de esta actividad, el gobierno de Uruguay ha acordado mecanismos operativos con la OIM. 3. Brindar un centro de acogida inicial y transitorio con condiciones adecuadas. En esta etapa la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República, en coordinación con diversos organismos públicos, brindará prestaciones en materia de alimentación, salud y educación para los primeros meses en el país. 4. Etapa correspondiente a la residencia posterior en el centro de acogida, facilitando la posterior integración en la sociedad uruguaya (incluyendo aspectos de aclimatación cultural, de vivienda y trabajo, entre otros) Estas acciones serán implementadas a través de la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República, en coordinación con los organismos gubernamentales pertinentes en las materias respectivas, particularmente el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el Ministerio del Interior, y las autoridades educativas. A tales efectos se ha creado un mecanismo interinstitucional de articulación y coordinación de acciones, presidido por la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República. Las personas arribarán a Uruguay en dos contingentes de aproximadamente 40 y 80 personas cada vez; el primero de ellos se proyecta para octubre de 2014 y el segundo para febrero de 2015. El proyecto contribuirá a la implementación de las etapas 3 y 4 a través de la obtención, al finalizar el proyecto, de los siguientes productos: Producto 1: Hasta 120 personas sirias desplazadas cuentan con un albergue transitorio de recepción y un programa de acompañamiento familiar. Producto 2: Hasta 120 personas sirias desplazadas cuentan con insumos para su reasentamiento e inserción social (con énfasis en materia laboral y educativa) en Uruguay. El diseño del Proyecto sigue los lineamientos expresados por el Gobierno en cuanto a una asistencia a las familias sirias por un período estimado en dos años. Sin embargo, se prevé disponer de los recursos asignados al segundo semestre de 2015 y los dos años subsiguientes durante el transcurso del año entrante. En función de las fases formales que sigue el proceso presupuestario en Uruguay y del cambio de gobierno previsto para el año 2015 se procederá tal como está establecido. Visto la trascendencia de la iniciativa en curso y el consenso social que ha despertado, se definirá la estrategia de salida de las acciones, ya sea en el marco del proyecto URU/14/005 o en el marco institucional que el Gobierno defina oportunamente. PRESUPUESTO GLOBAL PLAN ANUAL DE TRABAJO III. ARREGLOS DE GESTION III. ARREGLOS DE GESTION Estructura organizacional del proyecto. El proyecto será implementado por la Secretaría de Presidencia de la República, a través de la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia, que actuará como Asociado en la Implementación. El Asociado en la Implementación será el responsable principal de la planificación y gestión general de las actividades del Proyecto, la presentación de informes, contabilidad, monitoreo y evaluación, la supervisión de otras partes responsables de la implementación y auditoría del uso de los recursos del Proyecto. La Junta del Proyecto se reunirá al menos 2 veces al año durante el período de implementación del proyecto. El Asociado en la Implementación podrá designar un Coordinador del proyecto que será responsable de la gestión del Proyecto. El Coordinador/a será el responsable ante el Asociado en la Implementación de coordinar, dirigir, planificar y supervisar los equipos de trabajo y elaborar los informes requeridos. Los fondos de contribución del gobierno serán depositados durante la ejecución del proyecto en las cuentas del PNUD en forma trimestral de acuerdo al PAT. Los depósitos serán realizados en las cuentas bancarias del PNUD - Banco BBVA, Casa Central: a) Pesos Uruguayos: Cuenta No 1218182 b) Dólares Americanos: Cuenta No 1216864. Cuando el pago se efectúe en una moneda distinta del dólar de los Estados Unidos su valor se determinará aplicando el tipo de cambio operacional de las Naciones Unidas vigente en la fecha del pago. En caso de que antes de la utilización total del importe abonado por el PNUD hubiera una variación en el tipo de cambio operacional de las Naciones Unidas se ajustará en consonancia el valor del saldo de fondos no utilizados. Si, en ese caso, se registrara una pérdida en el valor de dicho saldo el PNUD informará al Gobierno, con miras a determinar si el Gobierno puede aportar más financiación. De no disponerse de financiación adicional el PNUD podrá reducir, suspender o rescindir la asistencia En el calendario de pagos supra se toma en cuenta la necesidad de que los pagos se efectúen con antelación a la ejecución de las actividades previstas. Este calendario podrá ser enmendado para ajustarse al grado de avance de los trabajos del [programa/proyecto]. El PNUD recibirá y administrará los pagos de conformidad con las normas, los reglamentos, las políticas y los procedimientos del PNUD. Todos los estados de cuentas y estados financieros se expresarán en dólares de los Estados Unidos Si se prevén o si ocurren aumentos inesperados en los gastos o en los compromisos (debido a factores inflacionarios, a fluctuaciones en los tipos de cambio o a imprevistos), el PNUD proporcionará oportunamente al Gobierno una estimación complementaria de la financiación adicional necesaria. El Gobierno hará todo lo que esté a su alcance para obtener dichos fondos adicionales Si los pagos mencionados arriba no se recibieran de conformidad con el calendario de pagos, o si el Gobierno u otras fuentes no aportaran la financiación adicional requerida, el PNUD podrá reducir, suspender o rescindir la asistencia a proporcionar al proyecto en virtud del presente Acuerdo. El inicio del Proyecto se dará cuando se disponga de los aportes estipulados para su financiamiento, de acuerdo al Plan de Trabajo que forma parte del presente Documento de Proyecto. El Asociado en la Implementación se regirá por la Guía de Gestión de Proyectos de Ejecución Nacional www.undp.org.uy acordado entre el Organismo de Cooperación y el PNUD. Las autoridades del proyecto realizarán las compras y contrataciones de servicios de empresas de montos menores a US$ 5,000 y podrán solicitar adelantos de fondos para realizar los pagos correspondientes a estas compras y contrataciones. Para la realización de estas operaciones, se seguirán las normas y procedimientos contenidos en la Guía de Gestión de Proyectos de Ejecución Nacional. El PNUD podrá realizar pagos directos solicitados por el Proyecto. Para los pagos correspondientes a las contrataciones de consultores (y compras si corresponde) en el marco del proyecto, la Secretaría de Presidencia actuará como Agente de Retención del IVA, que será financiado por Rentas Generales. Todo interés devengado atribuible a la Contribución se acreditará en la cuenta del PNUD y será utilizado de conformidad con los procedimientos establecidos del PNUD. Teniendo en cuenta las decisiones y directivas de la Junta Ejecutiva del PNUD, la contribución deberá ser cargada con: - 3,5% por recuperación de costos para la provisión de su política de recuperación de gastos (GMS) por la sede del PNUD y las oficinas de país. - Costos directos para la implementación de servicios de apoyo (ISS) prestados por PNUD y/o entidad de ejecución/asociado de la implementación. El PNUD será titular de la propiedad del equipo, los suministros y otros bienes financiados con cargo a la Contribución. Las cuestiones relativas a la transferencia de la propiedad por el PNUD se determinarán de conformidad con las políticas y los procedimientos pertinentes del PNUD. La Contribución estará sujeta exclusivamente a los procedimientos de auditoría interna y externa previstos en las reglamentaciones financieras, las normas, las políticas y los procedimientos del PNUD. El presupuesto anual del Proyecto deberá reflejar adecuadamente la planificación de las actividades previstas de acuerdo al Plan Anual de Trabajo. El PNUD realizará dos ejercicios de revisión presupuestaria (marzo-mayo, y octubre-diciembre de cada año), a fin de ajustar el presupuesto de acuerdo a la ejecución estimada para el año en curso. Los siguientes tipos de revisiones al presente Documento de Proyecto podrán realizarse con la firma del Representante Residente del PNUD únicamente, siempre que dicho representante cuente con seguridades que los demás signatarios del Documento de Proyecto no tienen objeciones a los cambios propuestos: - Revisiones de cualquiera de los Anexos del Documento de Proyecto o adiciones a ellos. - Revisiones que no impliquen cambios significativos en los objetivos inmediatos, los productos o las actividades del proyecto, pero que se deban a una redistribución de los insumos ya acordados o aumentos en los costos. - Revisiones anuales mediante las que se ajusta el presupuesto de un año para reflejar los gastos reales incurridos y los compromisos asumidos por el Proyecto durante ese año calendario y se transfieren los recursos a años futuros para financiar gastos ya acordados, sin modificar en forma sustantiva el total presupuestado en el Proyecto. Los apoyos puntuales sectoriales a las familias sirias establecidos en el proyecto se realizarán mediante transferencias a cuentas bancarias individuales por familia. Dichas transferencias serán realizadas por PNUD, a solicitud del Asociado en la Implementación. A tales efectos, el Asociado enviará al PNUD una nómina (que deberá indicar nombre; monto y número de cuenta) donde se realizará el pago, de acuerdo al reglamento a ser elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos previo al primer desembolso. IV. MARCO DE MONITOREO Y EVALUACIÓN. Trimestralmente Se debe realizar una valoración de calidad que incluya el progreso hacia el logro de los resultados clave, con base en criterios y metodologías de calidad, que deben ser ingresados en la tabla de Gestión de Calidad (Anexo 3). Durante el ciclo anual * Trimestralmente, se debe realizar una valoración de calidad que incluya el progreso hacia el logro de los resultados clave, con base en criterios y metodologías de calidad, que deben ser ingresados en la tabla de Gestión de Calidad (adjunta). * Teniendo en cuenta el análisis de riesgo elaborado al inicio del proyecto (ver anexo 1), deberá realizarse un monitoreo regular teniendo en cuenta cambios en factores externos que puedan afectar la implementación del proyecto. * Teniendo en cuenta la información registrada en Atlas, el Gerente del Proyecto deberá elaborar un Reporte de Progreso del Proyecto, el cual deberá enviarse a la Junta del Proyecto. Anualmente * Informe de revisión anual. Este reporte deberá ser preparado por el Gerente del Proyecto y compartido con la Junta del Proyecto y la Junta de Resultado que tenga en cuenta los resultados alcanzados contra las metas anuales predefinidas a nivel de Productos. * Revisión anual del proyecto. Con base en el reporte anterior, deberá realizarse una revisión anual del proyecto durante el último trimestre del año o inmediatamente después, para evaluar el desempeño del proyecto y preparar el Plan Anual de Trabajo del siguiente año. En el último año, esta revisión será una evaluación final. Esta revisión la dirige la Junta del Proyecto y puede involucrar otras partes interesadas, de ser necesario. Deberá enfocarse en el progreso logrado para la consecución de los productos y que éstos continúen alineados con los efectos correspondientes. Fin del proyecto. Al final del proyecto, el equipo del proyecto preparará el Informe final del proyecto. Este informe integral resumirá los logros obtenidos (objetivos, resultados, productos), las lecciones aprendidas, los problemas encontrados y las áreas donde no haya habido logros. También expondrá las recomendaciones para toda medida adicional que deba ser adoptada con el fin de asegurar la sostenibilidad y replicabilidad de los resultados del proyecto. V. CONTEXTO LEGAL Este documento hace referencia al Acuerdo Básico (en adelante el Acuerdo) entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (en adelante las Partes), suscrito el 12 de diciembre de 1985 y ratificado por la ley nacional No. 15.957 de 2 de junio de 1988 (Diario Oficial de 5 de octubre de 1988). Este documento conjuntamente con el UNDAP firmado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo el cual es incorporado al presente como referencia, constituyen un Documento de Proyecto tal como se establece en el Acuerdo; aplicándose todas las disposiciones del UNDAP a este documento. Todas las referencias en el Acuerdo al "Organismo de Ejecución" se entenderán referidas a los "Asociados en la Implementación", según se define y se utiliza en el UNDAP y este documento. A los efectos de este Documento de Proyecto, y en el marco del intercambio de notas verbales entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el PNUD de julio de 2012 cabe entender que la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) concentra las competencias relativas a la Cooperación Internacional en el Uruguay. Consecuentemente con el artículo III del Acuerdo, la responsabilidad de la seguridad y la protección del Asociado en la Implementación, de su personal y propiedad, y de la propiedad del PNUD en custodia del Asociado en la Implementación, recae en el Asociado en la Implementación. Con este fin, el Asociado en la Implementación deberá: a) Poner en marcha un plan de seguridad adecuado, teniendo en cuenta la situación de seguridad del país donde el proyecto se desarrolle; b) Asumir todos los riesgos y responsabilidades relacionados con la seguridad del Asociado en la Implementación, y la plena aplicación del plan de seguridad. El PNUD se reserva el derecho de verificar si dicho plan se está ejecutando, y sugerir modificaciones al mismo de ser necesario. La falta en mantener e implementar un adecuado plan de seguridad como a continuación se requiere, se considerará un incumplimiento de las obligaciones del Asociado en la Implementación en virtud de este documento de proyecto. El Asociado en la implementación se compromete a realizar todos los esfuerzos razonables para asegurar que ninguno de los fondos del PNUD recibidos de conformidad con el documento de proyecto serán utilizados para proveer apoyo a individuos o entidades asociadas con el terrorismo y que los destinatarios de cualquier monto provisto por el PNUD no aparecen en la lista mantenida por el Comité del Consejo de Seguridad en virtud de la resolución 1267 (1999). Esta lista se puede acceder a través de: http://www.un.org/sc/committees/1267/aq_sanctions_list.shtml. Esta disposición debe incluirse en todos los subcontratos o subacuerdos celebrados bajo este documento de proyecto. VI. LISTA DE ANEXOS ANEXO 1. Planilla de análisis y monitoreo del riesgo. ANEXO 2. Matriz de monitoreo y evaluación del Plan Anual de Trabajo ANEXO 3. Matriz de gestión de calidad para los resultados de las actividades del proyecto ANEXO 4. Plan de adquisiciones Nota: Ver última versión aprobada del UNDAP en el sitio web: www.undp.org.uy ANEXO 2: Matriz de monitoreo y evaluación del Plan Anual de Trabajo Anexo 3. Gestión de calidad para los resultados de las actividades del proyecto ANEXO 4. Plan de adquisiciones

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 654/014 de 
13/11/2014.
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