PROMULGACIÓN DECRETO DEPARTAMENTAL N.º 3966/2017. MODIFICATIVO DEL   ARTÍCULO 217º LITERAL A) DEL DECRETO DEPARTAMENTAL 3718/1997  (TONE)- REFERENTE A  SUBZONA 3.2.1


Fuente del Texto: Intendencia de Maldonado

Ver: Decreto Departamental de Maldonado Nº 3.966/017 de 16/05/2017.
VISTO: que la Junta Departamental, en Sesión realizada el 16 de mayo de 2017 sancionó el Decreto Departamental N.° 3966;

RESULTANDO: que en el referido Decreto se sustituye el Artículo N.° 217 Literal a) del Texto Ordenado de Normas de Edificación, en la redacción dada por el Artículo N.° 17 del Decreto Departamental N.° 3911;

CONSIDERANDO: que es competencia del Intendente, promulgar y publicar los actos legislativos sancionados por la Junta Departamental.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el art. 275 inc. 2° de la Constitución Patria;

EL INTENDENTE DE MALDONADO RESUELVE:

1°)- Cúmplase, publíquese e insértese el Decreto Departamental N.° 3966 en el Digesto Departamental.

2°)- Cométese a la Dirección de Comunicaciones dar la más amplia difusión al Decreto N° 3966 y a publicar el mismo en el Diario Oficial y dos medios de prensa escrita de circulación departamental.

3°)- Comuníquese a la Junta Departamental y a las Direcciones Generales de Urbanismo y Planeamiento. Cumplido, pase por su orden a la Dirección de Comunicaciones y a las Direcciones Generales de Asuntos Legales y de Urbanismo.

Diego Echeverria 
Secretario General

Enrique Antia
Intendencia
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