(Bebidas no alcohólicas y aguas). A partir del 1° de enero de 2025, los fabricantes, embotelladores e importadores de bebidas no alcohólicas y aguas, que comercialicen sus productos en envases plásticos, en cualquiera de sus presentaciones, sólo podrán hacerlo en envases que contengan al menos un 40% (cuarenta por ciento) en peso, de material reciclado.
La Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental establecerá los mecanismos de control.