(De los fabricantes e importadores de envases y otros materiales). Los fabricantes e importadores de vasos descartables, bandejas, cajas, films y demás materiales de envasado que no integran la presentación de un producto, pero sí la de su distribución o comercialización al consumidor, deberán contar o adherir a un plan de gestión de residuos de envases, para la inscripción o mantenimiento del registro previsto en el artículo 4° de la Ley N° 19.829, de 18 de setiembre de 2019.
Dicho plan o la adhesión a los mismos, deberá presentarse a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental antes del 31 de julio de 2021 y deberán estar operativos a estos efectos, antes del 31 de diciembre de 2021, a los efectos del cumplimiento de los objetivos establecidos en el numeral 3° de esta resolución.