El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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(Vigencia). Esta resolución entrará en vigencia 6 (seis) meses después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, salvo lo dispuesto en el ordinal 4° de la presente, lo que entrará en vigencia al término del plazo de un año, contado desde la misma fecha. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución MA S/N de 15/04/2024 numeral 1.