El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Oficio N° 2023/028255/2, de fecha 28 de septiembre de 2023, por el cual la Intendencia de Canelones solicitó la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible denominado "Canelones Capital" (Exp. N° OFI:2017/038632/2);
RESULTANDO: I) que, por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009, se reglamentó el artículo 47 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, en lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial;
II) que el ámbito de aplicación del referido plan comprende la ciudad de Canelones y su entorno inmediato y durante la tramitación fueron formulados diversos comentarios, sugerencias y solicitudes de ajustes al plan, los cuales fueron contemplados por la Intendencia de Canelones por lo que, por informes de fecha 29 de agosto de 2024, el Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica, la División Promoción del Desarrollo Sostenible y la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental sugieren aprobar la Evaluación Ambiental Estratégica del mismo;
CONSIDERANDO: que se ha cumplido con los requisitos de presentación y las etapas correspondientes al proceso, habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental, aprobándose la Evaluación Ambiental Estratégica del plan de referencia;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 291 y siguientes de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, y, por el Decreto Reglamentario N° 221/009, de 11 de mayo de 2009;
EL MINISTRO DE AMBIENTE
RESUELVE:
Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible denominado "Canelones Capital", presentado por la Intendencia de Canelones.
Notifíquese a la Intendencia de Canelones y publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos). Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental a sus efectos.