APROBACION DE LA PROPUESTA TECNICA PARA LA IMPLEMENTACION DE MONITOREO POR TELEMETRIA EN GRANDES Y MEDIANOS USUARIOS DE RECURSOS HIDRICOS, ELABORADA POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE AGUAS




Promulgación: 25/07/2025
Publicación: 04/08/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Quedan sujetos a la obligación de implementar un sistema de telemetría, los titulares, públicos o privados, de permisos o concesiones de uso de aguas públicas, que incluyan obras hidráulicas de:

a) Perforación para el aprovechamiento de aguas subterráneas:
   (i) con un caudal mayor o igual a 50 m³/h (cincuenta metros cúbicos
   por hora) y cualquiera sea el volumen anual, con destino industrial,
   llenado de tanques y embalses, y, turismo y recreación;
   (ii) con un caudal mayor o igual a 10 m³/h (diez metros cúbicos por
   hora) y un volumen anual mayor o igual a 50.000 m³ (cincuenta mil
   metros cúbicos), con destino a riego, y, mayor o igual a 25.000 m³
   (veinticinco mil metros cúbicos), con destino a usos comerciales, de
   servicios, control de incendios y otros usos agropecuarios diferentes
   del riego;
   (iii) con un caudal mayor o igual a 10 m³/h (diez metros cúbicos por
   hora), cualquiera sea el volumen anual, con destino al abastecimiento
   de agua a la población; y,
   (iv) cualquiera sea el caudal y volumen anual, con destino termal.

b) Tomas y embalses de aguas superficiales, con un volumen anual mayor o
   igual a 2.000.000 m³ (dos millones de metros cúbicos).

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.
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