REGLAMENTO SOBRE LA EXPORTACION DE FRUTAS CITRICAS EN ESTADO FRESCO




Promulgación: 08/10/1979
Publicación: 14/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 823

CAPITULO IV - CONTRALOR - INSPECCION FINAL

33

 Respecto de la condición prevista en el numeral 28, letra a),
"descomposición" admítese una tolerancia de hasta el 1% de las frutas que
componen la partida.
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