El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la solicitud de aprobación de Estatutos, de autorización para funcionar como Instituto Universitario efectuada por la Fundación "Instituto Universitario San Antonio, UCAM BUSSINESS SCHOOL" y reconocimiento de nivel universitario de la carrera "Master en Dirección de Empresas" (Plan 2014).
RESULTANDO: I) que con fecha 4 de octubre de 2016, el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada (CETP), emitió su Dictamen 525 (fojas 88 del expediente 103/2015, acordonado a las presentes actuaciones administrativas), en el que concluye "la existencia de incumplimiento de los artículos 10 y 11 del Decreto 104/014 de 28 de abril de 2014, aplicables al trámite de aprobación de Estatutos. Así como de los artículos 12, 13 y 14 del Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995, aplicables a la solicitud de autorización para funcionar y el reconocimiento de la carrera (expediente 2014-11-0001-1630), por lo que existen motivos de contravención a la normativa vigente" y sugiere a la señora Ministra de Educación y Cultura "que por razones de legalidad y de mérito, no se otorgue la aprobación de los Estatutos, ni la autorización para funcionar como Instituto Universitario a la Fundación Instituto Universitario San Antonio, ni, en consecuencia, se reconozca el nivel académico de la carrera Máster en Dirección de Empresas (Plan 2014)."
II) que el 22 de noviembre de 2016, el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, emitió su Dictamen 547 en el que resuelve ratificar en todos sus términos lo expresado en el Dictamen 525 de 4 de octubre de 2016 y "sugerir a la señora Ministra, no acceder a lo solicitado por la Institución."
CONSIDERANDO: I) que del informe realizado por la Universidad de la República (fojas 124 y 125), surgen severas deficiencias con respecto a las condiciones necesarias para las actividades de enseñanza y de investigación y en relación al acervo bibliográfico y la infraestructura de la Institución gestionante.
II) que de acuerdo a lo manifestado por la Fiscalía de Gobierno de 1° Turno, en virtud del Objeto de la Fundación y a efectos de poder sugerir la aprobación de Estatutos, se realizó un control compartido por los órganos competentes Dirección General de Registros, Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada y Dirección de Educación de esta Secretaría de Estado, quienes se han expedido en forma negativa, en cuanto a la aprobación de Estatutos, como a la solicitud de autorización para funcionar y el reconocimiento de la carrera.
III) que en consecuencia no es posible aprobar los Estatutos pertenecientes a la Fundación "Instituto Universitario San Antonio, UCAM BUSSINESS SCHOOL".
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por la Ley 17.163 de 1° de setiembre de 1999, el Decreto-Ley 15.661 de 29 de octubre de 1984, el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y el Decreto 104/014 de 28 de abril de 2014, a lo informado por la Universidad de la República y a lo dictaminado por el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada y por la Fiscalía de Gobierno de 1° Turno.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESUELVE:
Establécese que en consecuencia, no corresponde proceder a la autorización para funcionar, como Instituto Universitario, ni el reconocimiento de nivel universitario de la carrera presentada.
Comuníquese a la Dirección de Educación y a la Dirección General de Registros (Asociaciones Civiles y Fundaciones) del Ministerio de Educación y Cultura.