Resolución
Se fijan "Precios de Referencia" para rosas, claveles, felpillas y gladiolos.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 12 de agosto de 1982.
Visto: los análisis efectuados por la Dirección nacional de Costos;
Precios e Ingresos.
Considerando: que de los mismos surge la necesidad de fijar Precios
de Referencia para determinados productos.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 6º del decreto 787/979, de 31
de diciembre de 1979,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
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Fíjanse los siguientes "Precios de Referencia" de acuerdo a lo
establecido en el artículo 6º del decreto 787/979, de 31 de diciembre de
1979, para los productos que se detallan:
Denominación Precio de Unidad
Referencia
U$S
Rosas (incluidas en el ítem NADI 06.03.01.00) 4 Docena
Claveles ( incluidos en el ítem NADI 06.03.01.00) 1.60 Docena
Felpilla o Pom-Pom ( incluidas en el ítem NADI
06.03.01.00) 0.145 Rama
Gladiolos (incluidos en el ítem NADI 06.03.01.00) 2.90 Docena