Fecha de Publicación: 12/01/2006
Página: 114-C
Carilla: 26

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Resolución 

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
                                           Montevideo, 10 de Enero de 2006

VISTO: la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha 30 de
diciembre de 2005, que sustituye la nomenclatura estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, contenida en la
resolución de dicha Secretaría de Estado, de fecha 31 de diciembre de
2003.

RESULTANDO: que en el anexo de la primera de las resoluciones invocadas
se incurrió en algunos errores.

CONSIDERANDO: que corresponde en consecuencia ajustar el Anexo de la
Resolución de esta Secretaría de Estado de 30 de diciembre de 2005.

ATENTO: a lo expuesto.-

                    EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 30 de diciembre de
2005, el contenido del Anexo que forma parte de la presente Resolución.-

2

 Comuníquese, publíquese, etc.-
DANILO ASTORI.

                                  Anexo

NCM             Descripción             AEC     CL     TGA   TGA   UVF
                                                        E/Z  I/Z
                                        %              %     %
4001.29.90.10   En hojas                4               0     0     10
4810.19.90      Los demás
4810.19.90.10   Papel estucado por una
                cara, resistente a los
                álcalis (papel
                "anticáustico", Norma
                UNE 57-140-87)          14              0     0     10
4810.19.90.90   Los demás               14              14    0     10
4813.90.00.00   - Los demás             12              0     0     10
7608.20.10.00   Sin costura,
                extrudidos y
                trefilados
                según norma ASTM
                B210,                   2               2     0     10
                de sección circular,
                de aleación AA6061
                ("Aluminium
                Association"),
                con límite elástico
                aparente de Johnson
                ("JAEL") superior
                a 3.000 Nm según
                norma SAE AE7, diámetro
                exterior superior o
                Igual a 85 mm pero
                inferior o igual a 105 mm
                y espesor superior o
                Igual a 1,9 mm e
                inferior o igual a 2,3 mm
8529.90.20      De los aparatos de las
                partidas  85.27 u 85.28
8529.90.20.10   Circuitos impresos con
                componentes eléctricos o
                electrónicos montados   16              0     0     10
8529.90.20.90   Las demás               16              16    0     10
9018.39.24.00   Catéteres intravenosos
                periféricos, de
                poliuretano o de        16              16    0     11
                copolímero de
                etilenotetrafluoretileno
                (ETFE)
9018.90.99.30   Instrumentos para la
                realización de implantes
                de prótesis de          16              0     0     11
                rodilla y equipos de
                anestesia
9018.90.99.90   Los demás               16              16    0     11
9021.39.80      Los demás
9021.39.80.10   Prótesis de rodilla     14              0     0     10
9021.39.80.90   Los demás               14              14    0     10
9021.90.99      Los demás
9021.90.99.10   Partes de prótesis
                de rodillas             14              0     0     10
9021.90.99.90   Los demás               14              14    0     10
                Eliminación de
                códigos:
4810.19.90.00,
8507.90.90.00,
8529.90.20.00,
9021.39.80.00,
9021.90.99.00


		
		Ayuda