Fecha de Publicación: 27/03/2008
Página: 2805-C
Carilla: 93

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, el contenido de los
Anexos que se determinan.
(601)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 5 de Marzo de 2008

VISTO: el Decreto Nº 408/07 de fecha 27 de octubre de 2007 que incorporó
al ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo de Mercado
Común Nros. 07/07 y 15/07, así como la Resolución del Ministerio de
Economía y Finanzas de fecha 27 de diciembre de 2006 que sustituye la
nomenclatura estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen
arancelario.

RESULTANDO: que las Resoluciones invocadas modifican la Nomenclatura Común
del Mercosur así como su correspondiente Arancel Externo Común.

CONSIDERANDO: que corresponde en consecuencia ajustar el Anexo de la
Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 27 de diciembre de 2006.

ATENTO: a lo expuesto.

                    EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Incorporar a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de
2006, el contenido de los Anexos que forman parte de la presente
Resolución.

2

 Comuníquese, publíquese, etc.
DANILO ASTORI.

                                 Anexo I

 CODIGO                 DESCRIPCION        A.E.C. CL  TGAE/Z  TGAI/Z   UVF
3913.90.60.00    Sulfato de condroitina      14          14     0      10
3913.90.90.00    Los demás                    2           2     0      10
4410.11.2        Recubiertos en la superficie con
                 papel impregnado con melamina
4410.11.21.00    En ambas caras, con película
                 protectora en la cara vista
                 y trabajo de encastre en
                 sus cuatro cantos, de los
                 tipos utilizados
                 para pisos flotantes        14           0     0      10
4410.11.29.00    Los demás                   10           0     0      10
4411.13.9        Los demás
4411.13.91.00    Recubiertos en ambas caras
                 con papel impregnado con
                 melamina, película
                 protectora en la cara vista
                 y trabajo de encastre en
                 sus cuatro cantos, de los
                 tipos utilizados para pisos
                 flotantes                   14          14     0      10
4411.13.99.00    Los demás                   10          10     0      10
7326.90          - Las demás
7326.90.10.00    Casquetes elípticos de acero
                 al níquel según Norma ASME
                 SA 353, de los tipos
                 utilizados en la fabricación
                 de recipientes para gas
                 comprimido o licuado         2           2     0      10
7326.90.90.00    Las demás                   18          18     0      10
8431.49.2        Para máquinas o aparatos
                 de las partidas
                 84.29 u 84.30
8431.49.21.00    Cabinas                     10  BK       0     0      10
8431.49.29.00    Las demás                    0  BK       0     0      10

Eliminación de códigos: 4410.11.20.00, 4411.13.90.00, 7326.90.00.00,
8431.49.20.00


                                 Anexo II

 "Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."



		
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