Fecha de Publicación: 26/06/2009
Página: 3446-C
Carilla: 76

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 09/07/2009.
Resolución S/n

Incorpóranse a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
(1.484*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


                                         Montevideo, 15 de Junio de 2009


  VISTO: El Decreto que incorporó al ordenamiento jurídico interno la
Decisión Nº 27/08 del Consejo del Mercado Común e introdujo
modificaciones a la lista de Excepciones al Arancel Externo Común.

  CONSIDERANDO: Necesario ajustar la Nomenclatura Común del Mercosur
estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario
aprobada por la Resolución de este Ministerio de 27 de diciembre de 2006,
a lo dispuesto por el Decreto a que alude el Visto.

  ATENTO: a lo expuesto.


                   EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                 RESUELVE:

1

   Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de
2006, el contenido del Anexo que forma parte de la presente Resolución.

2

   Derógase la Resolución de este Ministerio de 27 de diciembre de 2006,
en lo que resulte incompatible con lo dispuesto en la presente
Resolución.

3

  Comuníquese, publíquese, etc.
ALVARO GARCIA.


                                  ANEXO


 NCM         Descripción      A.E.C.   CL      TG       TG         UVF
                                               AE/      A
                                               Z        I/Z
8539.31.00    Fluorescentes, 
           de cátodos calientes
8539.31.00.10 Tubos fluorescentes
               de cátodos       18             18       0           11
               calientes        
8539.31.00.20 Lámparas de uso
              doméstico con     18             0        0           11
              equipo auxiliar
              incorporados en las
              mismas y casquillo
              incluido E 27
              (casquillo)
8539.31.00.90 Las demás         18             18       0           11
9018.31.90    Las demás
9018.31.90.1  Para uso humano   16             0        0           11
9018.31.90.11 De vidrio, con
              aguja inserta, de
              capacidad inferior
              o igual a 1 cm3 
9018.31.90.19 Las demás         16             16       0           11
9018.31.90.90 Las demás         16             16       0           11
9021.90.89    Los demás
9021.90.89.10 Los demás implantes
              expandibles para  14             0        0           10
              dilatar arterias
              (stents), incluso
              montados sobre catéter
              de tipo balón
9021.90.89.90 Los demás         14             14       0           10

Eliminación de códigos: 8539.31.00.00; 9018.31.90.10; 9021.90.89.00



		
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