Fecha de Publicación: 12/12/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Resolución S/n

Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se
especifican.
(2.248*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                        Montevideo, 5 de Diciembre de 2013

VISTO: el Decreto N° 72/013, de fecha 04 de marzo de 2013; el Decreto N°
311/013, de fecha 25 de setiembre de 2013, y la Resolución S/N del
Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011,

RESULTANDO: I) que el Decreto N° 72/013 realiza correcciones al Decreto N°
426/011 de incorporación de la V Enmienda del Sistema Armonizado; el
Decreto N° 311/013 incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Decisión
del Consejo del Mercado Común No 38/12, así como la Resolución S/N del
Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011, que
sustituye la nomenclatura estructurada a diez dígitos con su
correspondiente régimen arancelario.

II) que los Decretos modifican la Tasa Global Arancelaria de Uruguay, y

III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en los
Decreto invocados es conveniente realizar modificaciones en el régimen
arancelario de la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos.

CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la
Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 19 de diciembre de 2011,
de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 72/013, de fecha 04 de marzo
de 2013, y en el Decreto N° 311/013, de fecha 25 de setiembre de 2013.

ATENTO: a lo expuesto, -

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Modificar la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos
con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de 2011, en los ítems
arancelarios indicados en el Anexo que se adjunta y forma parte de la
presente Resolución.-

2

 Comuníquese, publíquese, etc.-
FERNANDO LORENZO.

                                  ANEXO

CÓDIGO            DESCRIPCIÓN              A.E.C.  CL  TGAE/Z  TGAI/Z  UVF
0402.10.10.00     Con tenor de arsénico,
                  plomo o cobre,
                  considerados
                  aisladamente, inferior
                  a 5ppm                    16          28       0     10
0402.10.90.00     Los demás                 16          28       0     10
0402.21.10.00     Leche entera              16          28       0     10
0402.21.20.00     Leche parcialmente
                  descremada                16          28       0     10
0402.29.10.00     Leche entera              16          28       0     10
0402.29.20.00     Leche parcialmente
                  descremada                16          28       0     10
0406.10.10.00     Mozzarella                16          28       0     10
0406.90.10.00     Con un tenor de humedad
                  inferior al 36,0%, en
                  peso (pasta dura)         16          28       0     10
0406.90.20.00     Con un tenor de humedad
                  superior o igual al 36,0%
                  e inferior al 46,0% en
                  peso (pasta semidura)     16          28       0     10
9008.50.00.00     - Proyectores,
                  ampliadoras o reductoras  18          18       0     11


		
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