Resolución S/n
Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se
determinan.
(770*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de Mayo de 2014
VISTO: la Ley N° 19.061, de fecha 06 de enero de 2013;
RESULTANDO: que la mencionada Ley integra el proceso instaurado en nuestro
país en materia de políticas de seguridad vial, recogiendo recomendaciones
establecidas por la Organización Mundial de la Salud para la disminución
de la siniestralidad vial, en particular la incorporación de Sistemas de
Retención Infantil;
CONSIDERANDO: que a los efectos de cumplir con la reglamentación de la
citada Ley prevista en su artículo 18, es necesario la identificación a
diez dígitos de la Nomenclatura Común del Mercosur de las sillas y coches
de bebé con Sistemas de Retención Infantil.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.-
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez
dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de
2011, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente
Resolución.-
Comuníquese, publíquese, etc.-
JORGE POLGAR.
ANEXO I
CÓDIGO DESCRIPCIÓN A.E.C. CL TGAE/
Z TGAI/
Z UVF
8715.00.00 COCHES, SILLAS Y VEHÍCULOS
SIMILARES PARA EL TRANSPORTE DE
NIÑOS, Y SUS PARTES.
8715.00.00.10 - Coches para transporte de
niños, con Sistema de
Retención Infantil, que pueda
ser utilizado en el asiento
de los vehículos automóviles 20 20 0 10
8715.00.00.90 - Los demás 20 20 0 10
9401.80.00.20 Asientos con sistema de
Retención Infantil, para el
transporte de niños y bebés en
vehículos automóviles 18 18 0 11
Eliminación de código: 8715.00.00.00