Resolución S/n
Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
(493*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 4 de Marzo de 2015
VISTO: el Decreto N° 08/015, de fecha 12 de enero de 2015 y la Resolución S/N del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011.
RESULTANDO: I) que el Decreto N° 08/015 introduce modificaciones en la lista nacional de excepciones de Uruguay al Arancel Externo Común, así como la Resolución S/N del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 19 de diciembre de 2011, que sustituye la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario.
II) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en el Decreto invocado es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario.
III) que es necesario además ajustar la descripción del ítem arancelario 8414.80.22 que figura en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos por encontrarse incompleta.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 19 de diciembre de 2011, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 08/015, de fecha 12 de enero de 2015.
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de diciembre de 2011, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.-