Resolución S/n
Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
(3.249*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 24 de Mayo de 2018
VISTO: la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.
RESULTANDO: I) la necesidad de realizar una apertura arancelaria en la nomenclatura nacional al producto "analizadores de alcohol en aliento", a los efectos de realizar controles de ingreso de dichos bienes al país, en cumplimiento con lo establecido en el Decreto N° 322/017 de 13 de noviembre de 2017.
II) que es factible realizar dicha modificación, realizando los ajustes a la nomenclatura arancelaria de uso interno a 10 (diez) dígitos y proceder a la adecuación de la misma.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución N° 5043 del Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
Comuníquese a la Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas en la casilla de correo: apc.gestion@mef.gub.uy, publíquese y archívese.
DANILO ASTORI
ANEXO