Resolución S/n
Incorpóranse a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a 10 dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
(577*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 11 de Enero de 2019
VISTO: la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.
RESULTANDO: I) que es fundamental para el control y seguimiento de las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.655, de 17 de agosto de 2018, respecto al uso sustentable de bolsas plásticas, realizar aperturas arancelarias en la nomenclatura nacional a las bolsas de plástico a efectos de diferenciar la importación de resinas, bobinas y bolsas de materiales plásticos biodegradables o compostables, así como el tipo de bolsas definidas en el alcance y las exclusiones de la mencionada reglamentación.
II) que es factible realizar dicha modificación, realizando los ajustes a la nomenclatura arancelaria de uso interno a 10 (diez) dígitos y proceder a la adecuación de la misma.
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016,
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.