Fecha de Publicación: 21/01/2025
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Resolución S/n

Incorpóranse a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución 4.889 del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 27 de diciembre de 2021, los ítems que se determinan.
(363*R)

   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   014580

                                           Montevideo, 15 de Enero de 2025

   VISTO: el Decreto N° 321/024, de 27 de noviembre de 2024, y la Resolución N° 4889 del Ministerio de Economía y Finanzas, de 27 de diciembre de 2021;

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto introdujo modificaciones a la Lista Nacional de Excepciones al Arancel Externo Común, establecida por el literal A) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 430/021, de 20 de diciembre de 2021;

   II) que la Resolución N° 4889 del Ministerio de Economía y Finanzas, de 27 de diciembre de 2021, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario;

   III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en la norma referida en el VISTO es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario;

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo I de la Resolución N° 4889 del Ministerio de Economía y Finanzas, de 27 de diciembre de 2021, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 321/024, de fecha 27 de noviembre de 2024;

   ATENTO: a lo expuesto;

                    LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución N° 4889 del Ministerio de Economía y Finanzas, de 27 de diciembre de 2021, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

2

   Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas a través de la casilla clasificación@aduanas.gub.uy.

3

   Publíquese, archívese.
   AZUCENA ARBELECHE.
 
  "Ver información adicional en el Diario Oficial digital."


		
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