Resolución S/n
Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial 4.889, de fecha 27 de diciembre de 2021, los ítems que se determinan.
(656*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Expediente N°: 2025-5-1-0001395
014637
Montevideo, 7 de Febrero de 2025
VISTO: el Decreto N° 348/024, de 23 de diciembre 2024, y la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021;
RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorporó al ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo Mercado Común N° 12/24 y 15/24 que modifican la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común;
II) que la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario;
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en la norma referida en el Visto es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a 10 (diez) dígitos y su correspondiente régimen arancelario;
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas N° 4889, de 27 de diciembre de 2021, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 348/024, de 23 de diciembre 2024;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a 10 (diez) dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial N° 4889, de 27 de diciembre de 2021, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas; publíquese y archívese.
ALEJANDRO IRASTORZA.
ANEXO
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