Visto: los análisis efectuados por la Dirección Nacional de Costos,
Precios e Ingresos.
Considerando: que de los mismos surge la conveniencia de fijar Precios
de Referencia para determinados productos.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 6º del decreto 787/979m de 31 de
diciembre de 1979,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Fíjanse los siguientes "Precios de Referencia" de acuerdo con lo
establecido en el artículo 6º del decreto 787/979, de 31 de diciembre de
1979, para los productos que se detallan:
Denominación: Cubiertas para coches de pasajeros, camiones, ómnibus y
trolley-buses (incluidas en los ítems NADI 40.11.89.56 - 40.11.89.62 -
40.11.89.99); Precio de Ref. U$S Unidad: 5.00 el quilogramo. (*)
Las importaciones de los productos antedichos con denuncias
autorizadas con anterioridad a la vigencia de la presente resolución no
estarán comprendidas en lo dispuesto en el numeral precedente.