SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCION MINISTERIAL DE FECHA 11 DE ENERO DE 1980 QUE FACULTA AL BANCO REPUBLICA A LIQUIDAR LOS RECARGOS DE IMPORTACION SOBRE LOS PRECIOS CIF VIGENTES
Visto: la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas del 11 de
enero de 1980.
Resultado: por la misma se facultó al Banco de la República Oriental
del Uruguay a liquidar los recargos de importación sobre los precios CIF
promedios (aforos) vigentes al 31 de diciembre de 1979.
Considerando: I) Que en las nuevas pautas de política comercial
anunciadas por el Poder Ejecutivo se establece la inmediata eliminación de
los precios CIF promedio;
II) Que está a estudio del Ministerio de Industria y Energía todo lo
relativo al Sector Automotriz a efectos de aprobar un régimen integral
para el mismo,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Continuarán aplicándose los precios de referencia aprobados de acuerdo
a lo dispuesto por el artículo 6º (sexto) del decreto 787/979, del 31 de
diciembre de 1979.