FIJACION DE PRECIOS PARA DISTINTOS TIPOS DE MADERA




Promulgación: 27/11/1984
Publicación: 26/12/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1224
   Visto: las resoluciones del Ministerio de Economía y Finanzas de 10 de
mayo y 2 de octubre de 1984.

   Resultando: que por las mismas se fijaron Precios de Referencia con
carácter provisional para distintos tipos de madera.

   Considerando: que de los análisis realizados por la Comisión Asesora
creada por el artículo 9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983 surge la
conveniencia de fijar Precios de Referencia definitivos para los productos
citados.

   Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983, de 5 de enero de 1983 y
141/984, de 10 de abril de 1984.

   El Ministro de Economía y Finanzas

                              RESUELVE:

1

   Fíjase, a partir del vencimiento de los Precios de Referencia de
carácter provisional establecidos por resolución del Ministerio de
Economía y Finanzas de 10 de mayo de 1984 y prorrogados por resolución de
2 de octubre de 1984, los siguientes Precios de Referencia de carácter
definitivo.

- Chapas de maderas nobles faqueadas
(incluidas en el Item NADI 44.14.02.20)              U$S 0,90 el m2 CIF
- Maderas compensadas de láminas debobinadas claras
(incluidas en el Item NADI 44.15.01.00)              U$S 550,00 el m3 CIF
- Maderas compensadas de láminas debobinadas
rojizas y de chapas nobles faquedas (incluidas
en el Item NADI 44.15.01.00)                         U$S 700,00 el m3 CIF
- Maderas aglomeradas revestidas de láminas de
madera, chapas de madera y otros materiales,
(incluidas en el Item NADI 44.18.00.00)              U$S 487,00 el m3 CIF
- Tableros o planchas de madera aglomerada sin
revestir (incluidas en el Item NADI 44.18.00.00)     U$S 280,00 el m3 CIF
Referencias al numeral

ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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