COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES




Promulgación: 29/10/1984
Publicación: 09/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 946
Visto: los análisis realizados por la Comisión creada por el artículo
9º del decreto 5/983, de 5 de enero de 1983.

Considerando: que de los mismos surge la conveniencia de fijar Precios
de Referencia de carácter provisional para determinados productos.

Atento: a lo dispuesto por los decretos 787/979, de 31 de diciembre de
1979, 5/983, de 5 de enero de 1983 y 141/984, de 10 de abril de
1984,

                     El Ministro de Economía y Finanzas

                                  RESUELVE:

1

   Fíjase por un período de cuatro (4) meses a partir de la fecha de
vigencia de la presente resolución, los siguientes Precios de Referencia,
de carácter provisional, para los aparatos receptores de televisión
combinados o no con aparatos de registro de reproducción del simple de
mesa o portátil, incluidos dentro de ítem 85.15.01.19 y 85.15.01.99 de la
Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación (NADI)
                                          Televisores en    Televisores
                                          Blanco y Negro    a Color
                                                     U$S         U$S
Televisores  de  hasta  12"   inclusive             90.00     295.00
Televisores  de  más  de  12"  y  hasta
17" inclusive        ....................          115.00     345.00
Televisores  de  más  de  17"  y  hasta
20" inclusive        ....................          130.00     425.00
Televisores  de  más  de  20"   (Blanco
 negro)          ........................          150.00
Televisores de  más  de  20"  y  hasta
25" inclusive (Color)       .............                     450.00
Televisores  de  más  de  25"   (Color)                       510.00
Referencias al numeral

2

   Los Precios de Referencia fijados en el numeral 1º no se aplicarán a
las denuncias de importación autórizadas con anterioridad a la fecha de
vigencia a la presente resolución.

3

     Derógase la resolución de este, Ministerio de, 9 de abril de 1984
que fijó Precios de Referencia para los productos a que alude el numeral
1º de la presente resolución.

4

   La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación
en dos (2) diarios de la capital.

5

     Comuníquese, publíquese, etc

LIONEL O. RIAL
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