Visto: los análisis realizados por la Comisión creada por el artículo
9º del decreto 5/983, de 5 de enero de 1983.
Considerando: que de los mismos surge la conveniencia de fijar Precios
de Referencia de carácter provisional para determinados productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 787/979, de 31 de diciembre de
1979, 5/983, de 5 de enero de 1983 y 141/984, de 10 de abril de
1984,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Fíjase por un período de cuatro (4) meses a partir de la fecha de
vigencia de la presente resolución, los siguientes Precios de Referencia,
de carácter provisional, para los aparatos receptores de televisión
combinados o no con aparatos de registro de reproducción del simple de
mesa o portátil, incluidos dentro de ítem 85.15.01.19 y 85.15.01.99 de la
Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación (NADI)
Televisores en Televisores
Blanco y Negro a Color
U$S U$S
Televisores de hasta 12" inclusive 90.00 295.00
Televisores de más de 12" y hasta
17" inclusive .................... 115.00 345.00
Televisores de más de 17" y hasta
20" inclusive .................... 130.00 425.00
Televisores de más de 20" (Blanco
negro) ........................ 150.00
Televisores de más de 20" y hasta
25" inclusive (Color) ............. 450.00
Televisores de más de 25" (Color) 510.00
Los Precios de Referencia fijados en el numeral 1º no se aplicarán a
las denuncias de importación autórizadas con anterioridad a la fecha de
vigencia a la presente resolución.
Derógase la resolución de este, Ministerio de, 9 de abril de 1984
que fijó Precios de Referencia para los productos a que alude el numeral
1º de la presente resolución.