FIJACION DE PRECIOS DE REFERENCIA A LA IMPORTACION. FIBRA PRENSADA DE MADERA DURA (HANDBOARD)




Promulgación: 28/01/1986
Publicación: 26/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 260
   Visto: los Precios de Referencia de carácter definitivo, fijados por la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 10 de octubre de 1985,
para la importación de fibra prensada de madera dura (hardboard).

   Considerando: conveniente fijar Precios de Referencia de carácter
provisional para los mencionados productos, a partir del vencimiento de
los precios definitivos mencionados en el Visto.

   Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Asesora
creada por el primero de los referidos decretos,

   El Ministro de Economía y Finanzas

                         RESUELVE:

1

   Fíjase por un período de 4 (cuatro) meses a partir del vencimiento de
los Precios de Referencia de carácter definitivo, fijados por la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 10 de setiembre de
1985, los siguientes Precios de Referencia de carácter provisional, para
los productos que se detallan:

                 Denominación                  Precio de Referencia
                                                      U$S

 Fibra prensada de madera dura (handboard)
 - Tipo standard de 3,2 mm. de espesor
   (NADI 44.11.01.01)                              1.26 m2 CIF
 - las demás (NADI 44.11.01.99)                    1.23 m2 CIF

2

   Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la Capital, etc.

LUIS A. MOSCA
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