Visto: los análisis realizados por la Comisión creada por el artículo
9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983.
Considerando: de los mismos surge la conveniencia de fijar un Precio de
Referencia, de carácter provisional, para laminados triples de papel
aluminio y polietileno impresos aptos para la confección de sobres para
envases por termosellados.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 y 141/984 de 10 de abril de
1984,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
1
Fíjase por un período de 4 (cuatro) meses a partir del vencimiento del
Precio de Referencia, de carácter definitivo, fijado por la resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas de 27 de noviembre de 1984, el siguiente
Precio de Referencia de carácter provisional:
Laminados triples de papel aluminio y polietileno impresos aptos para
la confección de sobres para envases por termosellado (incluidos en el
ítem NADI 76.04.89.99) U$S 4.40 el kg. CIF.