Visto: la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 28 de
enero de 1986.
Resultando: que la misma fijó Precios de Referencia, de carácter
definitivo, para los citados productos.
Considerando: que de los análisis realizados por la Comisión creada por
el artículo 9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983, surge la
conveniencia de fijar Precios de Referencia, de carácter definitivo, para
los citados productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Fíjase a partir del vencimiento de los Precios de Referencia de
carácter provisional, fijados por la resolución del Ministerio de Economía
y Finanzas de 28 de enero de 1986, los siguientes Precios de Referencia de
carácter definitivo:
- Chapa de madera nobles faqueadas (incluidas en el ítem NADI
44.14.02.20)... U$S 0.82 el m2 CIF
- Maderas compensadas de láminas debobinadas claras (incluidas en el
ítem NADI 44.15.01.00)... U$S 504.00 el m3 CIF
- Maderas compensadas de láminas debobinadas rojizas y de chapas nobles
faqueadas (incluidas en el ítem NADI 44.15.01.00)...U$S 642.00 el m3
CIF
- Maderas aglomeradas revestidas de láminas de madera, chapas de madera
y otros materiales (incluidas en el ítem NADI 44.18.00.00)...U$S 365
el m3 CIF.
- Tableros o planchas de madera aglomeradas sin revestir (incluidos
en el ítem NADI 44.18.00.00)... U$S 210.00 el m3 CIF (*)