FIJACION DE PRECIOS DE REFERENCIA A LA IMPORTACION. TUBOS DE HIERRO. TUBOS DE ACERO




Promulgación: 29/05/1986
Publicación: 11/07/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 1159
   Visto: los análisis realizados por la Comisión creada por el artículo
9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983.

   Considerando: de los mismos surge la conveniencia de fijar Precios de
Referencia, de carácter provisional, para la importación de diversos tipos
de tubos de hierro o acero común, negros o galvanizados.

   Atento: a lo dispuesto por el decreto 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984,


                     RESUELVE:


   El Ministro de Economía y Finanzas

1

   Fíjase por un período de 4 (cuatro) meses a partir del vencimiento de
los Precios de Referencia a que alude la resolución del Ministerio de
Economía y Finanzas del 24 de junio de 1985, los siguientes Precios de
Referencia, de carácter provisional:

   Tubos sin soldadura para condensadores, calderas intercambiadores de
calor y usos especiales según normas técnicas definidas.

   De acero común y sección constante circular de diámetro exterior entre
6 mm. y 114,3 mm. inclusive y espesor hasta 19,9 mm. inclusive (incluidos
en los ítems NADI 73.18.02.01 y 73.18.02.99.).

                                                       U$S
Negros                                         1.400 la ton. CIF
Galvanizados                                   1.540 la ton. CIF
Negros con rosca y cupla                       1.540 la ton. CIF
Galvanizados con rosca y cupla                 1.610 la ton. CIF

Otros tubos sin soldadura de hierro o acero común de diámetro exterior
entre 10.2 mm. y 114.3 mm. inclusive y espesor hasta 19.9 mm. inclusive
para los de la sección constante circular o de perímetro exterior entre
18.8 mm. y 359.1 mm. inclusive y espesor hasta 8.9 mm. inclusive para los
de sección distinta a la circular incluidos en los ítem (NADI 73.18.02.01
y 73.18.02.99).
                                                      U$S
Negros                                          810 la ton CIF
Galvanizados                                    891 la ton CIF
Negros con rosca y cupla                        891 la ton CIF
Galvanizados con rosca y cupla                  932 la ton CIF

Los demás tubos de hierro o acero común y espesor de hasta 8.9 mm.
inclusive.
De diámetro exterior entre 6mm. y 33.4 mm. inclusive para los de sección
constante circular o perímetro exterior entre 18.8 m. y 105.2 mm. y 188.4
mm. inclusive para los de sección distinta a la circular (incluidos en los
ítem NADI 73.18.89.01 y 73.18.89.99)

                                                        U$S
Negros                                              827 la ton CIF
Galvanizados                                        910 la ton CIF

De diámetro exterior entre 33.5 mm y 59.9 mm. inclusive para los de
sección constante circular o perímetro exterior entre 105.3 mm. y 188.4
mm. inclusive para los de sección distinta a la circular (incluidos en los
ítem NADI 73.18.89.01 y 73.18.89.99).

                                                       U$S
Negros                                               834 la ton CIF
Galvanizados                                       1.031 la ton CIF

De diámetro exterior entre 60 mm. y 114.3 mm. inclusive para los de
sección constante circular o perímetro exterior entre 188.5 mm. y 359.1
mm. inclusive para los de sección distinta a la circular (incluidos en los
ítem NADI 73.18.89.01 y 73.18.89.99).

                                                       U$S
Negros                                            798 la ton CIF
Galvanizados                                      980 la ton CIF

2

  Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la Capital, etc.

RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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