Visto: La resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 20 de
junio de 1986, que fijó un Precio Mínimo de Exportación para los productos
papel kraft y papel kraft liner.
Resultando: en la misma se incurrió en un error al establecer la unidad
de medida a la que corresponde el precio que fija su numeral 1º.
Considerando: necesario subsanar el mencionado error.
Atento: a lo expresado y a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de
enero de 1983 y 141/984 de 10 de abril de 1984,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE: