Visto: la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 20 de
mayo de 1986.
Resultando: la mencionada resolución fijó Precios de Referencia, de
carácter provisional, para la importación de refrigeradores eléctricos
de tipo doméstico con o sin freezer.
Considerando: de los análisis realizados surge la conveniencia de fijar
Precios de Referencia, de carácter definitivo, para dichos productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión creada
por el primero de los citados decretos,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Fíjase por un período de 6 (seis) meses a partir del vencimiento de los
Precios de Referencia, de carácter provisional, fijados por la resolución
del Ministerio de Economía y Finanzas de 20 de mayo de 1986, los
siguientes Precios de Referencia, de carácter definitivo, para los
productos que se detallan:
- Refrigeradores eléctricos de tipo doméstico que se
introduzcan al país por el ítem NADI 84.15.03.19:
con freezer U$S 4.10 el kg. CIF.
sin freezer U$S 3.60 del kg. CIF.