Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: las resoluciones del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha
28 de febrero y 7 de abril de 1986, que fijaron Precios de Referencia
de carácter definitivo, para determinados tipos de madera.
Considerando: de los análisis realizados por la Comisión creada por el
artículo 9º del decreto 5/983 surge la conveniencia de fijar, por un
período de 6 (seis) meses, Precios de Referencia, de carácter definitivo
para los mencionados productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984.
El Ministerio de Economía y Finanzas,
RESUELVE:
Fíjase por un período de 6 (seis) meses a partir del vencimiento de
los Precios de Referencia de carácter definitivo fijados por las
resoluciones del Ministerio de Economía y Finanzas de 28 de febrero y
7 de abril de 1986 mencionadas en el Visto, los siguientes Precios de
Referencia de carácter definitivo para los productos que se detallan:
-Chapas de madera nobles faqueadas
(incluidas en el ítem NADI
44.14.02.20) ................................... U$S 0.82 el m² CIF
-Maderas compensadas de láminas
debobinadas claras (incluidas en el
ítem NADI 44.15.01.00......................... U$S 504.00 el m3 CIF
-Maderas compensadas de láminas
debobinadas rojizas y de chapas nobles
faqueadas (Incluidas en el ítem NADI
44.15.01.00.................................. U$S 642.00 el m3 CIF
-Maderas aglomeradas revestidas de
láminas de madera, chapas de madera
y otros materiales (incluidos en el ítem
NADI 44.18.00.00).............................. U$S 365.00 el m3 CIF
-Tableros o planchas de madera aglomeradas
sin revestir (incluidos en el ítem NADI 44.18.00.00
................... U$S 210.00 el m3 CIF-Maderas aglomeradas MDF o fibras
duras MDF (incluidos en el ítem NADI
44.11.89.01) ................................ U$S 240.00 el m3 CIF