FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 16/02/1987
Publicación: 24/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 133
    Visto: la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 1º de
octubre de 1986.

    Resultando: que dicha resolución fijó con carácter provisional Precios
Mínimos de Exportación para chapas de acero galvanizadas.

    Considerando: que al no haber culminado aún los estudios pertinentes,
resulta conveniente prorrogar la fijación con carácter provisional,
introduciendo ciertos ajustes en los niveles vigentes en base a lo que
surge de los análisis ya realizados.

    Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
14/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Asesora
creada por el artículo 9º del primero de los citados decretos,

    El Ministro de Economía y Finanzas

                            RESUELVE:

1

    Prorrogar por un período de 2 (dos) meses la fijación con carácter
provisional de Precios Mínimos de Exportación para las chapas de acero
galvanizadas, con los siguientes niveles:

   - Chapas de acero galvanizadas incluidas en el ítem NADI 73.13.89.10.

De menos de 1,1 mm. de espesor       U$S 440 la ton. CIF
De 1,1 mm. hasta 3 mm. de espesor    U$S 410 la ton. CIF

LUIS A. MOSCA
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