Visto: el Precio de Referencia, de carácter provisional, fijado por la
resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 17 de marzo de 1987,
para la importación de cloruro de calcio.
Considerando: procedente fijar Precios de Referencia de carácter
definitivo para el mencionado producto.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983, de 5 de enero de 1983 y
141/984, de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Asesora
creada por el primero de los citados Decretos,
El Ministerio de Economía y Finanzas,
RESUELVE:
Fíjase en un período de 6 (seis) meses a partir del vencimiento del
Precio de Referencia, de carácter provisional, fijado por la resolución
del Ministerio de Economía y Finanzas de 17 de marzo de 1987, un Precio de
Referencia, de carácter definitivo, de U$S 170 (ciento setenta dólares de
los Estados Unidos de América) la tonelada CIF, para el producto Cloruro
de Calcio, (incluido en el ítem NADI 28.30.01.02).