Resolución
Se fijan Precios de Referencia de carácter definitivo para las panas de algodón y de algodón y poliester.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 22 diciembre de 1987.
Visto: los análisis realizados por la Comisión creada por el artículo 9º
del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983.
Considerando: que de los mismos procede la fijación de precios de
referencia definitivos para las panas de algodón y de algodón y poliéster.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984,
El Ministro de Economía y Finanzas
RESUELVE:
Fíjase por un período de un (1) año a partir del vencimiento de los
Precios de Referencia fijados por la resolución de esta Secretaría de
Estado de 21 de agosto de 1987 para los productos a que alude el
Considerando, los siguientes Precios de Referencia de carácter definitivo:
Panas de algodón que se introduzcan por el ítem
NADI 58.04.01.10 U$S 8.00 CIF.
Panas de algodón y poliéster que se introduzcan por el ítem
NADI 58.04.89.10 U$S 8.00 CIF. (*)
Fíjase por igual período como Precio de Referencia, de carácter
definitivo, para las ropas confeccionadas con los tejidos comprendidos en
el numeral precedente, los resultados de los Precios de Referencia de
dichos tejidos, aumentados en un 50%.
Fíjase como Precio de Referencia definitivos por el período en que
rigieron los provisionales establecidos por la resolución del 21 de agosto
de 1987 para los productos comprendidos en el numeral 1º), los precios
fijados en la presente resolución.